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Finalidad
De acuerdo con el
Real Decreto 676/93, del 7 de mayo, el módulo de FCT persigue las siguientes
finalidades:
- Completar la
adquisición por los alumnos de la competencia
profesional conseguida en el centro educativo, realizando un
conjunto de actividades en el centro de trabajo.
- Contribuir al logro de las finalidades
generales de la FP: desarrollar plenamente la competencia profesional y adquirir
una identidad y madurez que capacite para futuros aprendizajes.
- Evaluar la competencia profesional
adquirida por el alumno, especialmente en aquellos aspectos que no pueden
comprobarse en el centro educativo por requerir situaciones reales de
producción.
- Adquir conocimientos de la
organización productiva de su perfil profesional y del sistema de relaciones
sociolaborales del centro de trabajo, que facilitarán su futura inserción
laboral.
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Proceso de
implantación
En el proceso de
implantación podemos considerar las siguientes fases:
- Identificación y selección de empresas
colaboradoras. Colaboración entre la Delegación Provincial educativa y otras entidades
(Cámaras de comercio, Organizaciones empresariales, etc) que proporcionen
empresas adecuadas para realizar la FCT. Con frecuencia esta labor recae casi
exclusivamente en los Centros que, acuciados por la necesidad, se ven obligados
a buscar ellos las empresas.
- Suscripción del convenio con el centro de
trabajo. Entre el Centro educativo y la empresa se suscribe un Convenio
específico de colaboración Centro educativo-Empresa para la realización de la
formación en centros de trabajo. Lo firman el Director del Centro educativo
y el representante legal de la empresa colaboradora.
Características:
- Afecta a todos los
alumnos del centro, por lo que sólo se requiere un convenio por empresa.
- Puede ser
rescindido a petición de cada una de las partes.
- No implica
relación laboral entre los alumnos y la empresa. Esta no podrá cubrir, ni
siquiera con carácter interino, ningún puesto de trabajo en plantilla con el
alumno mientras realiza las prácticas en la empresa.
- Los alumnos están
cubiertos de riesgos de accidentes (mediante el seguro escolar) y de
responsabilidad civil frente a daños a terceros (mediante una póliza de seguro
adicional que suscriben las Administraciones educativas).
- Ha de haber un
programa formativo, elaborado por los representantes del centro educativo
y del centro de trabajo, que permita conseguir los fines de la FCT.
- Realización de la FCT. La jornada formativa del
alumno en la empresa tenderá a ser similar a la de los otros trabajadores. El
alumno rellenará las hojas semanales, donde describirá las actividades
realizadas diariamente y las dificultades encontradas; estarán firmadas por el
responsable de la empresa.
Quincenalmente el tutor del centro se reunirá con
sus alumnos de FCT para analizar la marcha del programa formativo.
- Evaluación individual de la FCT del alumno. El responsable de la
formación del alumno en el centro de trabajo emitirá un informe en el que
figurarán el grado de consecución de los objetivos previstos del programa
formativo. Este informe será tenido en cuenta en la calificación final del
módulo de FCT (expresada en términos de APTO/NO APTO), que será realizada por el
profesor-tutor del centro educativo.
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Periodos de realización de la
FCT
Las prácticas se
realizan en periodo lectivo (se han de excluir los periodos académicamente de
vacaciones), dependiendo del tipo de ciclos:
- Para los alumnos
de los ciclos cortos (de 1200 a 1400
horas, incluidas las prácticas) éstas tienen lugar entre septiembre y diciembre del año siguiente a
la iniciación del ciclo.
- Para los alumnos
de los ciclos largos (2000 horas,
incluidas las prácticas) éstas tienen lugar en el primer semestre del año del segundo curso
escolar, generalmente entre marzo y junio.
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Agentes que intervienen en la
FCT
a/ Por la Administración educativa:
- La Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente, de la Consejería de Educación, es el último responsable
del sistema de FCT.
- La Delegación Provincial. Es la responsable de la
implantación de la FCT en su ámbito provincial.
- El Director del Centro educativo:
- Firma el convenio
con el centro de trabajo en nombre de la administración educativa y asume la
responsabilidad de su ejecución.
- Acredita ante la
Dirección Provincial la existencia de los convenios con las empresas.
- Delega en el
profesor-tutor las relaciones con el centro de trabajo.
- El profesor-tutor responsable de la FCT:
- Elabora y acuerda
con el responsable designado por la empresa el programa formativo de la
FCT.
- Evalúa el módulo
de la FCT, teniendo en cuenta el informe emitido por el tutor del centro de
trabajo.
- Se relaciona
periódicamente (cada quince días) con el tutor del centro de trabajo.
- Atiende
periódicamente (cada quince días) en el centro educativo a los alumnos durante
el período de realización de la FCT.
- Extrae datos y
conclusiones que realimenten las actividades de aprendizaje en el centro
educativo.
- Dispone de unaa
asignación de seis horas lectivas semanales durante todo el curso académico para
poder realizar estas tareas.
b/ Por parte de los agentes sociales:
- El Director, propietario o responsable
de la empresa:
- Firma el convenio
con el Centro educativo en nombre de la empresa y asume la responsabilidad de su
ejecución.
- Designa al
responsable de la empresa para el seguimiento y coordinación de la FCT.
- Facilita el acceso
periódico a la empresa del profesor-tutor del centro.
- El responsable de la FCT designado por la empresa:
- Se responsabiliza
del seguimiento del alumno durante su estancia en el centro de trabajo y del
cumplimiento del programa formativo.
- Recoge y registra
la evidencia de competencia mostrada por el alumno.
- Comprueba los
contenidos reflejados por el alumno en la hoja semanal.
- Al finalizar la
FCT emite un informe valorativo de cada alumno.
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La Financiación
La FCT conlleva
unos costes adicionales, que la autoridad educativa compensará, en la medida de
sus posibilidades a los centros, para que éstos, a su vez, los hagan llegar a
los destinatarios. Éstos son:
- Gastos ocasionados
por los alumnos: desplazamiento desde el centro al sitio de trabajo, gastos de
comida cuando la jornada así lo requiera y gastos cuando las actividades
productivas así lo exijan.
- Gastos derivados
del desplazamiento del profesor-tutor a los centros de trabajo.
- Gastos ocasionados
a las empresas por la utilización de sus instalaciones y, sobre todo, por la
dedicación horaria del responsable de seguimiento de la FCT.
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