Instrucción número 7/2009, de 7 de agosto, de la Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente, por la que se dictan normas para su aplicación en los centros docentes que imparten formación profesional durante el curso académico 2009/10.
El Decreto 190/2007, de 20 de julio, de estructura orgánica de la Consejería de Educación en su Artículo 6, apartados 1.a y 1.b, establece que esta Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente tiene, entre otras, las funciones de planificación de la Formación Profesional Reglada en el ámbito regional, y el estudio de las posibilidades de formación del alumnado en Centros de Trabajo.
La diversidad de las enseñanzas de Formación Profesional Específica requiere el desarrollo y la concreción de diversos aspectos organizativos para el curso 2009/2010.
Por ello, en virtud de las competencias atribuidas en la legislación vigente, esta Dirección General dicta la siguiente Instrucción respecto a: