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“Todo lo que una persona puede imaginar, otros pueden hacerlo realidad.”

Julio Verne (1828-1905) Escritor francés

InicioEducación de Adultos3.2.- Admisión y matrícula Formación Profesional.(FP Distancia y FP Básica)- FP GRADO BÁSICOAdmisión y matriculación.

CICLOS FORMATIVOS GRADO BÁSICO ADULTOS

ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN 22-23

Destinatarios

1. Podrán acceder a primer curso de los ciclos formativos de grado básico quienes hayan cumplido dieciocho años en el año de inicio del curso, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

2. Excepcionalmente, podrán cursar estas enseñanzas, los mayores de dieciséis años que lo soliciten y que tengan un contrato laboral que no les permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario o sean deportistas de alto rendimiento.

 3. No obstante, lo establecido en el apartado anterior, podrá acceder a estas enseñanzas el alumnado mayor de dieseis años en el que concurran circunstancias excepcionales, debidamente acreditadas, que les impidan asistir al centro educativo en el régimen ordinario. Dichas circunstancias podrán ser enfermedades graves físicas o psíquicas médicamente acreditadas, embarazos, víctimas de acoso escolar, víctimas de violencia de género, violencia por homofobia, lesbofobia, bifobia o transfobia, por discriminación por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género, hallarse incurso en causas o procesos judiciales, quienes no estuvieran escolarizados en el sistema educativo español y quienes además estuvieran en circunstancias que deberían ser informadas y valoradas. Estas circunstancias deberán ser acreditadas y valoradas a través de informe de la Inspección Provincial.

Requisitos de acceso

Quienes deseen acceder a las enseñanzas de ciclos formativos de grado básico no podrán estar en posesión de un título de Formación Profesional de grado medio o de grado superior, o de cualquier otro título que acredite la finalización de estudios secundarios completos.

Calendario de actuaciones

Periodo de matrícula de alumnado con derecho a permanencia en segundo curso de ciclo de Grado Básico del 1 al 11 de septiembre de 2023

Periodo de presentación de solicitudes de admisión nuevos alumnos del 1 al 14 de septiembre de 2023.

Admisión y Matrícula


Matriculación del alumnado con DERECHO A PERMANENCIA GRADO BÁSICO.

1. El alumnado con derecho a permanencia interesado en matricularse de nuevos módulos profesionales NO realizarán el procedimiento de admisión.

2. La matrícula se podrá formalizar:

a) Cumplimentándola, bien conforme el anexo II incluido en esta Resolución o en formato auto rellenable a disposición del usuario en la página web de la Consejería de Educación y Empleo, http://educarex.es/eda.

b) A través de la secretaría virtual integrada en la Plataforma Educativa Rayuela, en la dirección https: //rayuela.educarex.es conforme lo expresado en los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones, mediante identificación y firma a través de Certificados Digitales reconocidos, o DNI electrónico, o a través de las claves de acceso a la citada plataforma. El alumnado que necesite solicitar o recuperar sus claves de acceso a Rayuela podrán hacerlo personándose en su centro educativo o de forma on -line a través de la plataforma Rayuela.

Una vez cumplimentada la solicitud, a través de la secretaría virtual de rayuela, el alumno o la alumna deberá imprimirla y firmarla, presentar su matrícula en las dependencias administrativas del centro donde vaya cursar los estudios, bien de forma presencial o a través de los registros de las Oficinas de Asistencia a la ciudadanía de la Junta de Extremadura dentro del plazo fijado en el calendario que figura en el anexo I de esta resolución.

3. Presentará su MATRÍCULA, conforme el Anexo II de esta orden, en las dependencias administrativas del centro donde vaya cursar los estudios, bien de forma presencial o a través de los registros de los Centros de Atención Administrativa, Oficinas de Respuesta Personalizada de la Junta de Extremadura, así como en los registros u oficinas  por el que se implanta un Sistema de Registro Único, dentro del plazo fijado en el calendario que figura en el anexo I de esta orden. En el caso de que optaran por presentar su solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada antes de ser certificada.

5. El número máximo de módulos profesionales que se podrán solicitar no podrá superar una carga horaria total de 1.000 horas.

6. Los alumnos con derecho a permanencia en estas enseñanzas que transcurrido el plazo de matrícula no la hayan efectuado, perderán este derecho.

1.-Solicitudes de ADMISIÓN NUEVOS ALUMNOS CICLO FORMATIVO GRADO BÁSICO.

Deberán solicitar ADMISIÓN a las enseñanzas de un ciclo formativo de Grado Básico para personas adultas:

a) Quienes deseen acceder a esta oferta por primera vez.

b) Los alumnos matriculados en el curso 2021/2022 en un ciclo de Formación Profesional Básica, que no hayan superado ningún módulo profesional y deseen cambiar de ciclo.

1. Las personas interesadas  presentarán la solicitud de admisión, conforme al modelo establecido en el Anexo III.

2. Dicha solicitud de admisión se podrá formalizar:

a) Cumplimentándola, bien conforme el anexo II incluido en esta Resolución o en formato auto rellenable a disposición del usuario en la página web de la Consejería de Educación y Empleo, http://educarex.es/eda.

b) A través de la secretaría virtual integrada en la Plataforma Educativa Rayuela, en la dirección https: //rayuela.educarex.es conforme lo expresado en los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones, mediante identificación y firma a través de Certificados Digitales reconocidos, o DNI electrónico, o a través de las claves de acceso a la citada plataforma. El alumnado que necesite solicitar o recuperar sus claves de acceso a Rayuela podrán hacerlo personándose en su centro educativo o de forma on -line a través de la plataforma Rayuela.

Una vez cumplimentada la solicitud, a través de la secretaría virtual de rayuela, el alumno o la alumna deberá imprimirla y firmarla, presentar su matrícula en las dependencias administrativas del centro donde vaya cursar los estudios, bien de forma presencial o a través de los registros de las Oficinas de Asistencia a la ciudadanía de la Junta de Extremadura dentro del plazo fijado en el calendario que figura en el anexo I de esta resolución.

3. Presentará su MATRÍCULA, conforme el Anexo IX de esta orden, en las dependencias administrativas del centro donde vaya cursar los estudios, bien de forma presencial o a través de los registros de los Centros de Atención Administrativa, Oficinas de Respuesta Personalizada de la Junta de Extremadura, así como en los registros u oficinas  por el que se implanta un Sistema de Registro Único, dentro del plazo fijado en el calendario que figura en el anexo I de esta orden. En el caso de que optaran por presentar su solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada antes de ser certificada.

5. El número máximo de módulos profesionales que se podrán solicitar no podrá superar una carga horaria total de 1.000 horas.

6. Los alumnos de nuevo ingreso que hayan sido admitidos en estas enseñanzas, que transcurrido el plazo de matriculación no la hayan efectuado, perderán su derecho y la vacante será asignada a solicitantes en lista de espera.


 Documentación que acompaña a la solicitud de admisión.

Requisitos de acceso:

La documentación acreditativa que deberá acompañar a dicha solicitud es la siguiente:

a) Acreditación de la identidad de la persona solicitante, siempre que ésta no esté ya acreditada con anterioridad en el sistema de gestión Rayuela directa o indirectamente. La presentación de la solicitud conllevará la autorización al órgano gestor para recabar la información del Sistema de Verificación de Identidad. En el caso de no otorgarse la misma, la persona solicitante deberá aportar cualquier documento oficial en el que figuren nombre, apellidos, número del DNI, y fecha de nacimiento.
b) Acreditación de la posesión de un contrato laboral que no le permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario.

c) Acreditación de la condición de deportista de alto rendimiento. Deberá aportarse certificación del dictamen emitido por el órgano público competente.

d) Acreditación de otras circunstancias excepcionales según el resuelvo segundo. Tres de esta resolución.

Reserva de puestos escolares:

a) Personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %. Si la persona interesada otorga su consentimiento, la Consejería de Educación y Empleo recabará de oficio la información que acredite la condición de discapacidad si el reconocimiento del grado de discapacidad fue efectuado por los órganos correspondientes de la Comunidad Autónoma de Extremadura (CADEX), INSS u órgano equivalente. Si la persona presentadora de la solicitud no otorgara su consentimiento para la consulta de ese dato, el criterio de discapacidad del alumno, se acreditará mediante certificado del grado de discapacidad, expedido por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura o equivalente de cualquier otra comunidad autónoma o país de procedencia o, en su caso certificación emitida por el I.N.S.S o equivalente para clases pasivas para las situaciones previstas en precitado artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo, 1/2013, de 29 de noviembre.
b) Para quienes acrediten disponer de un contrato para la formación y el aprendizaje en vigor, copia del mismo.

Criterios de baremación establecidos en el anexo IV.

a) Certificación académica. La presentación de la solicitud por parte del interesado conllevará la autorización al órgano gestor para recabar la información académica en el sistema de Gestión Rayuela, si los méritos alegados según anexo IV, se hubiesen obtenido o superados en centros sostenidos con fondos públicos de Extremadura en el año 2008 o siguientes. En caso contrario, deberá aportar la documentación acreditativa.
b) Acreditación de la experiencia laboral. Se realizará aportando Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la mutualidad laboral a la que estuviera afiliado el solicitante, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación o, en su caso, el período de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
c) En su caso, documentación que acredite estar en posesión de los méritos alegados para su oportuna valoración.

2.-MATRICULACIÓN alumnado admitido NUEVO INGRESO GRADO BÁSICO.

1. Publicada la relación definitiva de admitidos, el alumnado que haya obtenido plaza en un ciclo formativo de grado básico, realizará su matrícula, en el periodo establecido al efecto, de no hacerlo, quedaría excluido del proceso.

2. La matrícula se podrá formalizar:

a) Cumplimentándola, bien conforme el Anexo IX   incluido en esta Resolución o en formato autor rellenable a disposición del usuario en la página web de la Consejería de Educación y Empleo, http://educarex.es/eda.

b) Cumplimentándola a través de la secretaría virtual integrada en la Plataforma Educativa Rayuela, en la dirección https: //rayuela.educarex.es conforme lo expresado en los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones, mediante identificación y firma a través de Certificados Digitales reconocidos, o DNI electrónico, o a través de las claves de acceso a la citada plataforma. El alumnado que necesite solicitar o recuperar sus claves de acceso a Rayuela podrán hacerlo personándose en su centro educativo o de forma on -line a través de la plataforma Rayuela ( en ella consta un correo electrónico actualizado. Una vez cumplimentada la solicitud, a través de la secretaría virtual de rayuela, el alumno o la alumna deberá imprimirla y firmarla.

3. Una vez cumplimentada por cualquiera de las formas establecidas en el apartado anterior, el alumnado deberá presentar su matrícula en las dependencias administrativas del centro donde vaya cursar los estudios, bien de forma presencial o a través de los registros de las oficinas de Asistencia a la ciudadanía de la Junta de Extremadura.

En el caso de que optaran por presentar su solicitud de matrícula en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada antes de ser certificada.
4. Los alumnos de nuevo ingreso que hayan sido admitidos en estas enseñanzas, que transcurrido el plazo de matriculación no la hayan efectuado, perderán su derecho y la vacante será asignada a solicitantes en lista de espera.

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