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“Saber mucho no es lo mismo que ser inteligente. La inteligencia no es sólo información, sino también juicio, la manera en que se recoge y maneja la información.”

Carl Sagan (1934-1996) Astrónomo y escritor estadounidense

InicioEducación de Adultos2.1.- Oferta educativa presencialSimultaneidad estudios

Simultaneidad de Estudios

 

El alumnado que se encuentre matriculado en cualquiera de las enseñanzas del sistema educativo y desee simultanear estudios matriculándose en alguna de las enseñanzas de Adultos, podrá hacerlo siempre que se cumplan la siguientes condiciones:

  • Que el alumno cumpla con los requisitos generales de acceso o titulación que las enseñanzas objeto de simultaneidad precisen en su normativa vigente.
  • Que queden plazas vacantes en la enseñanza objeto de simultaneidad tras el proceso de admisión y matriculación de alumnos, incluida la gestión de las listas de espera, en el centro donde se solicita la simultaneidad.
  • Que se puedan compaginar los horarios de ambos estudios o enseñanzas, en el caso de que sean cursados en régimen presencial

Un alumno o alumna podrá estar matriculado, como máximo, en dos estudios o enseñanzas, siempre y cuando la suma horaria total de las dos matrículas no supere el 150%, del curso completo con mayor carga horaria. Excepcionalmente la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo podrá autorizar una carga horaria superior.

La solicitud de simultaneidad se efectuará mediante instancia según este Anexo II.

Junto a la misma deberá presentarse fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o cualquier otro documento de identificación oficial en vigor y un certificado de matriculación firmado por el secretario y con el visto bueno del director del Centro donde se encuentra matriculado.

El centro remitirá dicha solicitud y un informe del Director del Centro a la Delegación Provincial de Educación correspondiente, donde se indique que el alumno presentó solicitud de admisión en tiempo y forma, que cumple con los requisitos académicos de acceso, así como los módulos o asignaturas en los que ha sido admitido y se solicite autorización para matricular al alumno.

La Delegación Provincial de Educación deberá enviar el expediente, junto con un informe del Servicio de Inspección, a la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo para que emita resolución sobre el mismo.

 

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