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“Saber que se sabe lo que se sabe y que no se sabe lo que no se sabe; he aquí el verdadero saber.”

Confucio (551-479 a. C.) Pensador chino

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PROGRAMAS ESPECÍFICOS DE FP BÁSICA

 

Taller Profesional

 

Destinatarios


  • Los jóvenes escolarizados que se encuentren en grave riesgo de abandono escolar, sin titulación, o con un historial de absentismo escolar debidamente documentado.
  • Personas pertenecientes a colectivos con necesidades específicas, en riesgo de exclusión social, que abandonaron prematuramente el sistema educativo sin ninguna titulación académica.
  • Personas que muestren interés por reincorporarse al ámbito de la educación reglada pero cuya situación personal o competencia lingüística dificulta su participación en otras enseñanzas regladas.
  • Las personas adultas desempleadas de larga duración que, sin tener titulación básica, precisan una cualificación profesional de nivel I para acceder al mercado de trabajo.
  • Los jóvenes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastorno grave de conducta, y que tengan un nivel de autonomía personal y social que les permita acceder a un puesto de trabajo.

 

Formación de grupos


  • Con carácter general los grupos estarán formados por un mínimo de diez alumnos y un máximo de quince.
  • En el caso de grupos que integren alumnado con necesidades educativas especiales, se autoriza hasta un máximo de dos por programa; el número mínimo de alumnos por grupo ordinario será de ocho y el número máximo será de doce.
  • En el caso de grupos integrados en su totalidad por alumnado con necesidades educativas especiales, los grupos tendrán un mínimo de cinco alumnos y un máximo de diez.

 

Carga horaria  


  • La duración de estos programas será de 1000 horas.

 

Estructura curricular


Cada programa de esta modalidad deberá dar respuesta, como máximo, a una cualificación profesional completa de nivel 1 y su estructura curricular será la siguiente:

  • Al menos el 50% de la carga horaria total estará constituida por módulos formativos asociados a unidades de competencia del CNCP. El currículo de cada módulo formativo se corresponderá con el de un módulo profesional o unidad formativa perteneciente a uno o varios ciclos formativos de FP Básica.
  • Al menos el 30% de la carga horaria total estará constituida por módulos formativos de carácter general se corresponderán con módulos asociados a los bloques comunes y cuyo currículo será el establecido en el título de FP Básica tomado como referencia. No habrá más de dos módulos formativos de carácter general en un mismo programa.
  • El módulo de Formación en Centros de Trabajo supondrá un máximo del 12% de la carga horaria total del programa.

 

El desarrollo de los módulos que componen estos programas podrá contemplar las adaptaciones necesarias para atender al alumnado con necesidades educativas especiales.

 

Información Completa


 

ORDEN de 4 de marzo de 2015 por la que se regulan los programas formativos específicos de Formación Profesional Básica en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Consultar el curriculo extremeño de los ciclos formativos de FP Básica.

Para más información consultar  este enlace a la web de Formación Profesional del MECD.

 

 

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