“Tú verás que los males de los hombres son fruto de su elección; y que la fuente del bien la buscan lejos, cuando la llevan dentro de su corazón.”
Pitágoras de Samos (582 AC-497 AC), Filósofo y matemático griego
ORDEN de 9 de enero de 2017 por la que se convoca el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESOLUCIÓN de 7 de septiembre de 2017, de la Consejera de Educación y Empleo, por la que resuelve el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De conformidad con lo establecido en el artículo 7.2. de la ORDEN de 9 de enero de 2017 por la que se convoca el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, vistas las alegaciones presentadas a las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, a propuesta del Secretario General de Educación, la Consejera de Educación y Empleo dicta resolución expresa y motivada, con indicación de las personas solicitantes que han sido acreditadas y habilitadas, especificando el idioma y las especialidades correspondientes, así como de las personas excluidas, especificando en este último caso el motivo o motivos de exclusión.
RESOLUCIÓN DE 7 DE SEPTIEMBRE 2017 |
LISTADO DEFINITIVO DE PERSONAL DOCENTE ACREDITADO Y HABILITADO
LISTADO DEFINITIVO DE PERSONAL DOCENTE EXCLUIDO
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CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 7 de septiembre de 2017, de la Consejera, por la que se resuelve el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las certificaciones de acreditación y habilitación lingüística correspondientes al profesorado relacionado en el Anexo I, si están en servicio activo, les serán remitidas a los centros educativos de destino; mientras que aquellos que en caso contrario, las certificaciones podrán ser recogidas en el Servicio de Ordenación Académica y Planificación de Centros Educativos de la Consejería de Educación y Empleo (Avda. Valhondo, s/n., III Milenio, módulo 5, 4.ª planta -Mérida-)
LISTAS PROVISIONALES DE PERSONAS ADMITIDAS Y EXCLUIDAS CORRESPONDIENTES A LA ORDEN DE 9 ENERO DE 2017, POR LA QUE SE CONVOCA EL PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE LA ACREDITACIÓN Y HABILITACIÓN LINGÜÍSTICA EN LENGUA EXTRANJERA PARA EL DESEMPEÑO DE PUESTOS BILINGÜES EN CENTROS DOCENTES PÚBLICOS NO UNIVERSITARIOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA.
Las personas interesadas disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente listado en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de Educación, para presentar ante la Secretaría General de Educación las alegaciones y subsanación de los defectos que hayan motivado la exclusión. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
El documento de subsanación de deficiencias se ajustará al modelo que figura en el anexo I, será firmado, registrado y dirigido a la Secretaría General de Educación, Servicio de ordenación Académica y Planificación de Centros, Módulo 5, planta 4ª, Avenida Valhondo S/N 06800 Mérida.
NOTA IMPORTANTE: Debe consignarse el número de solicitud que figura en la primera columna de la tabla de excluidos:
LISTADO PROVISIONAL DE PERSONAS ADMITIDAS EN EL PROCEDIMIENTO DE ACREDITACIÓN Y HABILITACIÓN LINGÜÍSTICA:
LISTADO PROVISIONAL DE PERSONAS EXCLUIDAS EN EL PROCEDIMIENTO DE ACREDITACIÓN Y HABILITACIÓN LINGÜÍSTICA.